AP EXPLICA: qué cambia en Ecuador con nueva ley de igualdad salarial entre hombres y mujeres

QUITO (AP) — Ecuador, uno de los 15 países de la región con “alto” nivel de desigualdad salarial por género según el Banco Interamericano de Desarrollo, aprobó esta semana una nueva ley para reducir esa brecha laboral entre hombres y mujeres, con el apoyo de diferentes sectores políticos y del ejecutivo.

La nueva norma, que pasó todos los filtros legislativos esta semana, obliga a los empleadores, tanto del sector público como del privado, a no discriminar entre hombres y mujeres a la hora de remunerar por un mismo trabajo o de igual valor.

De acuerdo con una publicación del BID, las causas por las que las mujeres ecuatorianas reciben menos salario que los hombres no tienen relación con niveles de educación o experiencia, sino que están ligadas a “factores normativos, sesgos y/o discriminación”.

Karina Ponce, presidenta de la Asociación de Mujeres por la Equidad de Género y Autonomía (Mega), puso cifras a esta situación. Dijo a The Associated Press que si se hace una relación entre los 482 dólares que recibe un hombre en Ecuador como salario promedio y los 371,10 dólares que percibe una mujer, la brecha es de un 23%.

AP explica cómo la nueva norma busca garantizar que no haya discriminación salarial por género.

¿QUÉ PLANTEA LA NUEVA LEY DE IGUALDAD SALARIAL?

Los 14 artículos del nuevo texto legal persiguen que haya igualdad de remuneración y de cualquier forma de retribución económica entre hombres y mujeres que realicen el mismo trabajo, así como erradicar las prácticas discriminatorias.

Según Ponce, aunque los avances en Ecuador sobre la igualdad de género no se produzcan con la agilidad que este reclamo histórico requiere, la ley para la igualdad salarial representa un paso “significativo”. Y sostiene que, a pesar de ser un cuerpo legal corto, incluye aspectos de fondo.

La Asamblea aprobó con el apoyo de 132 legisladores, de un total de 137, el texto de la nueva regulación que llegó esta semana al Pleno, tras incluirse dos observaciones con precisiones del presidente.

¿QUÉ CAMBIA PARA QUE LA MEDIDA SEA EFECTIVA?

El principal cambio que introduce la nueva legislación es la obligatoriedad para los empleadores, tanto en el ámbito público como en el privado, de remunerar de manera igualitaria a sus trabajadores “sin discriminación de género por el mismo trabajo realizado o de igual valor”.

Antes la fijación salarial entre hombres y mujeres estaba a discreción del empleador.

Si bien la Constitución de Ecuador reconoce y garantiza los derechos para todos por igual, así como el principio de que a igual trabajo, igual remuneración, “la ley lo que hace es procurar el cumplimiento en un ámbito específico” como el laboral, dijo a la AP el constitucionalista André Benavides.

En el mismo sentido, el jurista Mauro Andino ratificó que el marco normativo ecuatoriano no establece “ninguna distinción en cuanto a derechos de trabajadores solo a favor de hombres o solo a favor de las mujeres”, pero esta ley "garantiza el desarrollo de esos derechos” laborales en igualdad y que, en el caso de la remuneración salarial, ha presentado distorsiones “pero por el trato discriminatorio”.

El Código Orgánico del Trabajo tampoco establece una diferencia de género y garantiza la remuneración para todos los trabajadores en general.

¿CUÁLES SON LAS VÍAS PARA GARANTIZAR LA IGUALDAD EN SALARIOS?

La nueva ley plantea un eje preventivo y otro regulatorio. En el primero, el empleador está obligado a capacitar permanentemente al personal sobre los derechos laborales de hombres y mujeres, sobre igualdad de género, violencia y no discriminación.

También deberá realizar campañas de sensibilización y visibilización del trabajo sin discriminación.

Por la vía regulatoria, se introduce la figura del reclamo ante el órgano rector, el Ministerio de Trabajo, así como una eventual restitución en caso de que se verifique que hubo vulneración de derechos.

Adicionalmente, la ley plantea que las organizaciones deben emitir un reporte anual sobre el cumplimiento de la nueva normativa y obtener las certificaciones de cumplimiento.

Karina Ponce, de Mega, recordó que además de la igualdad salarial, hay que buscar una remuneración “digna” para las mujeres que no esté por debajo del salario básicos de 460 dólares mensuales.

¿HAY SANCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO?

Ponce explica que “corresponde al presidente (Noboa) emitir el reglamento a la ley” para que el ente rector pueda hacer frente al incumplimiento de la igualdad salarial. Eso se espera en los próximos días.

Como marco general, el Código de Trabajo ecuatoriano, que regula la relación entre el empleador y el trabajador, contiene multas a quienes incumplan las leyes, dependiendo de si se trata de una micro, pequeña, mediana o gran empresa.

Las más leves van desde los tres salarios básicos por trabajador —1.380 dólares en total— y las más fuertes hasta los 9.200 dólares, entre otras muchas sanciones, dependiendo de las faltas.

¿QUÉ REACCIÓN HA GENERADO EN LAS EMPRESAS?

Toda legislación presenta dificultades, dijo Ponce, y uno de los ejes más complicados tiene que ver con la evasión que surge frente a toda nueva regulación. Advirtió que podría darse una eventual reducción de cargos jerárquicos ocupados por mujeres para disminuir su relevancia en la toma de decisiones.

La ley para la igualdad salarial, apuntó, será efectiva en la medida en que la sociedad se comprometa y no sea por obligación, dijo. “Esperamos que haya más sensibilidad entre hombres y mujeres;, esto no es una campaña de anti compañeros, podemos potenciar nuestras capacidades por igual”, agregó.

Desde el sector productivo, Patricio Alarcón, empresario y ex presidente de la Cámara de Comercio de Quito, cree que la capacidad de hombres y mujeres se debe basar en los méritos y “en la calidad del trabajo”.

Alarcón consideró que la ley de igualdad salarial podría resultar “innecesaria” en el sector formal, donde la profesionalización se ha implementado con base en los criterios que incorpora la ley. Sin embargo, cree que puede ser más útil en el sector informal, de emprendimientos pequeños o familiares, ya que por su condición son más propensos a esos incumplimientos.

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